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Detalle documentario de trámites en línea:

│Levantamiento de hipoteca de bancos

Solicitud señalando de manera indubitable la decisión de separarse, que debe contener los nombres, números de documento de identidad, fecha de matrimonio y último domicilio de la sociedad conyugal, con la firma y huella digital de los cónyuges y autorizada por abogado.

Copia de los documentos de identidad válidos de los cónyuges.

Vigencia de poder reciente en caso de intervenir en representación.

Copia certificada de la partida de matrimonio realizado con anterioridad a dos años, con fecha de expedición no mayor de tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Declaración Jurada de no tener hijos menores de edad o mayores de edad con incapacidad con la firma y huella digital de los cónyuges.

En caso de tener hijos menores de edad o mayores de edad con incapacidad acompañar copia certificada del acta de conciliación donde conste el régimen de patria potestad, tenencia, alimentos y visitas o de la sentencia judicial firme donde conste ello en el caso de hijos menores de edad o donde conste la interdicción y nombramiento de curador (o persona de apoyo según corresponda) en el caso de hijos mayores de edad con incapacidad de ser el caso.

Testimonio de la escritura pública de separación de patrimonios o de sustitución y liquidación del régimen de sociedad de gananciales, inscrita en los Registros Públicos, o declaración jurada de carecer de bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales con firma y huella digital de los cónyuges.

Declaración Jurada del último domicilio conyugal con la firma y huella digital de los cónyuges.

Declaración Jurada en la que se establece el régimen de alimentos entre los cónyuges con firma y huella digital de los cónyuges.

Revisados los documentos se puede requerir otros.

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  • Para solicitar la separación deben haber transcurrido dos años de celebrado el matrimonio.

  • Es competente el Notario de la jurisdicción del último domicilio conyugal o del lugar de celebración del matrimonio.

  • Luego de transcurridos dos meses de la fecha de la separación convencional cualquiera de las partes puede solicitar el divorcio presentando una solicitud autorizada por abogado.

  • Los firmantes no deben tener deuda por omiso a sufragio.

 

 

 

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│Poder con minuta

│Donación de inmueble

│Inmovilización temporal de inmueble

│Separación de Patrimonio

│Separación convencional y divorcio

│Reconocimiento de unión de hecho

│Compra venta de inmueble

│Constitución de garantía mobiliaria

│Transferencia Vehicular

│Constitución de empresas por escritura pública

│Rectificación de partidas

│Sucesión intestada

│Anticipo de legitima - inmueble

│Autorización de viaje de menores

│Legalización de libros/hojas sueltas